La Corte Suprema suspendió provisoriamente un artículo que desregulaba la venta de tierras rurales a extranjeros
La decisión judicial vuelve a poner en discusión los límites a la propiedad de tierras rurales en Argentina.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso suspender provisoriamente los efectos del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que había derogado disposiciones de la Ley de Tierras Rurales. La decisión se conoció el viernes 9 de octubre y representa un nuevo capítulo en la controversia judicial sobre las restricciones a la adquisición de tierras por parte de ciudadanos y empresas extranjeras.
El planteo fue impulsado por la Asociación Civil Árbol de Pie, que fundamentó su presentación en la protección del ambiente. A partir de esta medida cautelar, los efectos de la derogación quedan suspendidos de manera provisoria en el marco de la causa, mientras la Justicia analiza las cuestiones pendientes.
La normativa original establecía límites a la titularidad extranjera de tierras rurales, con el objetivo de regular la concentración de propiedades en determinadas zonas del país. La modificación impulsada por el Gobierno nacional había generado cuestionamientos de organizaciones ambientales, sectores políticos y entidades vinculadas con la defensa del territorio.
La resolución no implica, por sí sola, una sentencia definitiva sobre el fondo del asunto. El expediente continuará su recorrido judicial y se espera que el debate mantenga relevancia política y económica en las próximas semanas.















